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Preguntas Frecuentes

Si. En 2022 se aprobó un nuevo RD 270/2022, donde se establecen 3 vías de acceso a la docencia pública, para reducir la tasa de interinidad. Cada una está reservada para determinados tipos de plazas. Para ello el RD establece además del sistema tradicional (vía 1), dos nuevos procesos extraordinarios, válidos hasta 2024 (vías 2 y 3). Importante saber que todos los opositores pueden presentarse por estas tres vías, que os paso a detallar:

  • Vía 1: Proceso tradicional (oposición+concurso).

Es el que siempre se ha realizado, en base al Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero. Este proceso está vinculado a las plazas de reposición y nueva creación. Consta de dos fases (concurso y oposición). La fase de oposición (66% de la nota total) cuenta así mismo con una parte A de conocimientos (un tema de 4 a elegir, y comentarios prácticos); y una parte B de didáctica (defensa de programación y exposición de unidad didáctica). Esta fase es eliminatoria, y hay que aprobar cada parte A y B por separado, para pasar a la fase de concurso (33% de la nota total), donde se valoran los méritos (experiencia previa con un máximo de 5 puntos, formación académica con un máximo de 5 puntos, y otros méritos con un máximo de 2 puntos).

  • Vía 2: Proceso extraordinario (oposición+concurso).

En base al nuevo Real Decreto 270/2022, de 12 de abril. Este proceso está vinculado a las plazas de estabilización de corta duración, esto es, aquellas ocupadas de forma ininterrumpida por interinos desde el 1 de enero de 2016. Consta de dos fases (concurso y oposición). La fase de oposición (60% de la nota total) cuenta así mismo con una parte A de conocimientos (un tema de 5 a elegir); y una parte B de didáctica (exposición de unidad didáctica). Aunque esta fase es eliminatoria, no hay que aprobar cada parte A y B por separado, aunque sí hay que sacar un mínimo de un 5 entre las dos partes, para pasar a la fase de concurso (40% de la nota total), donde se valoran los méritos (experiencia previa con un máximo de 7 puntos, formación académica con un máximo de 2 puntos, y otros méritos con un máximo de 1 punto).

  • Vía 3: Proceso extraordinario (concurso).

En base al nuevo Real Decreto 270/2022, de 12 de abril. Este proceso está vinculado a las plazas de estabilización de larga duración, esto es, aquellas ocupadas de forma ininterrumpida por interinos desde antes del 1 de enero de 2016. Consta de una fase de concurso, donde se valoran los méritos (experiencia previa con un máximo de 7 puntos, formación académica con un máximo de 3 puntos, y otros méritos con un máximo de 5 puntos).

 

Os adjunto un link con un esquema de estas tres vías de acceso. Como ya os he comentado, serán las Comunidades Autónomas las que establecen el número de plazas y el calendario de los diferentes procesos. Por ahora, en la Comunidad de Madrid se ha establecido únicamente la convocatoria de la vía 1 del proceso tradicional de concurso y oposición (adjunto el link), donde se han convocado para la materia de Geografía e Historia hasta la fecha, un número total de 256 plazas de reposición y nueva creación.

Si. En las convocatorias para el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, se establece como requisitos específicos los dos siguientes:

  1. Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia, detallados para cada especialidad en el Anexo V del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
  2. Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regulada en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre.

No. Sólo con la participación en el procedimiento selectivo (oposiciones) que se convoque para el ingreso en el Cuerpo por la especialidad, se forma parte de la lista de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, siempre que se haya marcado la casilla 5C en el impreso de solicitud.

El orden en la lista estará en función de la puntuación obtenida en el proceso selectivo, así como de la experiencia docente. En este link tienes el sistema de baremación para la Comunidad de Madrid.

No. En base a la Resolución de 11 de abril de 2018, los aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, deben de cumplir uno de los siguientes requisitos:

  • Poseer la titulación que acredite la cualificación para impartir la especialidad especificada en el Anexo I de la resolución

Para Geografía e Historia son los siguientes: Licenciado en Filosofía y Letras, Geografía, Geografía e Historia, Historia, Historia del Arte, Humanidades, o el título de Grado de las mismas titulaciones o de Arqueología. En caso de tener otra titulación universitaria, el aspirante deberá haber cursado un ciclo de los estudios anteriormente enumerados.

  • Aspirantes que hayan superado la fase de oposición de la misma especialidad y cuerpo en alguno de los procedimientos selectivos convocados en los últimos diez años o cinco últimas convocatorias en la Comunidad de Madrid.
  • Aspirantes que acrediten una experiencia docente de al menos cinco meses y medio en dos cursos académicos o, en su defecto, doce meses en períodos continuos o discontinuos, como funcionario en el mismo cuerpo y especialidad a la que se opte.

Por tanto, tendrás que superar la fase de oposición para optar a la lista de interinos, esto es, deberás alcanzar al menos 5 puntos.

Según se establece en la Resolución de 2 de febrero de 2022, en la Comunidad de Madrid los méritos se valorarán con un máximo de 10 puntos de la siguiente manera:

  • Experiencia docente previa, con un máximo de 5 años. Cada año en un centro público es 1 punto, por lo que la máxima puntuación que puede obtenerse son 5 puntos
  • Formación académica, con 1 o 1,5 puntos según el expediente académico. Posgrado, doctorado y premios extraordinarios (desde 0,5 a 1 punto). Otras titulaciones de carácter oficial, tanto de primer como de segundo ciclo (1 punto). Otras titulaciones de enseñanza de régimen especial y de Formación Profesional Específica (de 0,2 a 0,5 puntos). En este apartado el máximo son 5 puntos.
  • Cursos, seminarios, jornadas, grupos de trabajo y proyectos de formación en centros, superados, convocados por Administraciones Educativas o Universidades o Instituciones que tengan firmados convenios de colaboración con Administraciones Educativas o Universidades (0,05 puntos por cada crédito de 10 horas). En caso de participar como director, coordinador, ponente o profesor (0,07 puntos por cada crédito de 10 horas). Nivel C1 o superior en idiomas extranjeros (0,5 puntos), o nivel B2 (0,25 puntos). Premio extraordinario fin de carrera (1 punto). En este apartado el máximo son 2 puntos.
Os adjunto un link con el baremo establecido por la Comunidad de Madrid para la convocatoria 2022-2023

Tal como hemos descrito, en la anterior pregunta, en caso de no disponer de un nivel C1 o B2 en idiomas extranjeros, ni de un premio extraordinario fin de carrera, podemos hacer cursos homologados, por un total de 40 créditos tradicionales o 4 créditos ECTS que equivalgan a 400 horas. Existen cursos presenciales y online.

Comenzamos el nuevo curso en septiembre!!

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