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La Opo

Según la Resolución del 2 de febrero de 2022 del BOCM, última convocatoria realizada en la Comunidad de Madrid (https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/02/08/BOCM-20220208-5.PDF), el sistema de selección consta de tres fases: oposición, concurso y prácticas. Esta última se lleva a cabo una vez hayamos logrado la plaza, por lo que ahora nos centramos en las dos primeras.

Fase de oposición:

En esta fase, se valorará la posesión de los conocimientos generales necesarios para ejercer la docencia y de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.
Consta de dos pruebas, cada una con carácter eliminatorio:

Primera prueba: prueba de conocimientos, que consta de dos partes (A y B), valoradas conjuntamente.

(prueba práctica), que tiene por objeto comprobar que los aspirantes poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas. En Geografía e Historia se divide en tres ejercicios, cada uno centrado en las diferentes especializaciones: Arte, Historia y Geografía. Para la superación de esta prueba los aspirantes deben alcanzar al menos 2,5 puntos, de un total de 10. Normalmente el aspirante cuenta con dos horas, aunque en la última oposición se extendió a dos horas y media.

(desarrollo por escrito de un tema), donde el aspirante desarrollará un tema escogido de entre cuatro, extraídos al azar por el Tribunal, correspondiente al temario de Geografía e Historia. Los aspirantes dispondrán de dos horas. Para su superación, se deberá alcanzar al menos 2,5 puntos.

La calificación total de la primera prueba será de 0 a 10 puntos, siendo ésta el resultado de sumar las calificaciones correspondientes a las dos partes (A y B) ponderadas del siguiente modo:

  • La calificación de la parte A se multiplica por 0,7
  • La calificación de la parte B se multiplica por 0,3

Para la superación de la primera prueba, los aspirantes deberán alcanzar una puntuación total, igual o superior a 5 puntos (una vez ponderadas ambas partes).

Te adjunto en este link los criterios de calificación de esta primera prueba (según los procedimientos de 2021)

Segunda prueba: prueba de aptitud pedagógica, que tiene por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Se compone de dos partes (A y B), que se valorarán conjuntamente.

Esta programación se entregará al Tribunal, y posteriormente será defendida oralmente ante el mismo. La programación se corresponderá con un curso escolar elegido por el aspirante,  ESO o Bachillerato, de acuerdo a los currículos de la Comunidad de Madrid para el curso vigente. En nuestro caso para el curso 2022-2023 debemos basarnos en dos leyes orgánicas, según el curso escogido:

Cursos impares (1º-3º ESO y 1º Bachillerato): la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE) (https://www.boe.es/boe/dias/2020/12/30/pdfs/BOE-A-2020-17264.pdf)

Cursos pares (2º-4º ESO y 2º Bachillerato): la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12886

En la programación se deberá especificar, al menos, los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables (en el caso de usar la LOMCE), estableciendo su asociación y secuenciación temporal a lo largo de un curso escolar, así como la contribución de la programación al logro de los objetivos de etapa y al grado de adquisición de las competencias del currículo oficial. Asimismo, deberá especificar la metodología y los recursos didácticos, incluyendo el uso pertinente de las tecnologías de la información y de la comunicación, los procedimientos e instrumentos de evaluación y los criterios de calificación y la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. La programación incluirá también un apartado de evaluación de la propia práctica docente.

Los contenidos de la programación deberán organizarse en unidades didácticas, conteniendo un mínimo de quince (en el caso de la Comunidad de Madrid), las cuales deberán ir debidamente numeradas en un índice que se entregará al Tribunal, junto con la programación. Tendrá una extensión máxima de 80 folios DIN-A4 por una sola cara (incluidos los materiales de apoyo y anexos).

El aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación. En su elaboración deberán concretarse, al menos, los objetivos de aprendizaje, los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula, la selección y uso de los recursos didácticos y los procedimientos, instrumentos de evaluación y criterios de calificación que se proponen.

El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica. Igualmente dispondrá de un tiempo máximo de una hora para la defensa oral de la programación, la exposición de la unidad didáctica y el posterior debate ante el Tribunal. El aspirante iniciará su exposición con la defensa de la programación didáctica presentada, que no podrá exceder de veinte minutos y, a continuación realizará la exposición de la unidad didáctica, que no excederá de treinta minutos. La duración del debate no podrá exceder de diez minutos.

Para la exposición, el aspirante podrá utilizar un guion que no excederá de un folio por una cara. Se valorará la exposición clara, ordenada y coherente de los conocimientos, la precisión terminológica; la riqueza de léxico y la sintaxis fluida y sin incorrecciones, así como la debida corrección ortográfica en la escritura.

Para el desarrollo de la programación y de las unidades didácticas debemos basarnos en el currículo básico para la Comunidad de Madrid, según el curso escogido:

Para cursos impartes (1º-3ºESO y 2ºBachillerato) se aplica la normativa LOMLOE, de la Educación secundaria Obligatoria (Real Decreto 217/2022 de 29 de marzo) (https://www.boe.es/boe/dias/2022/03/30/pdfs/BOE-A-2022-4975.pdf) o del Bachillerato (Real Decreto 243/2022 de 5 de abril) (https://www.boe.es/boe/dias/2022/04/06/pdfs/BOE-A-2022-5521.pdf), los cuales se concretan en los decretos de las diferentes Comunidades Autónomas.

Para cursos pares (2º-4ºESO y 1ºBachillerato) se aplica la normativa LOMCE, de la Educación Secundaria Obligatoria, según los diferentes decretos de las Comunidades Autónomas. En el caso de Madrid, (Decreto 48/2015 de 14 de mayo) (https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/05/20/BOCM-20150520-1.PDF) o del Bachillerato (Decreto 52/2015 de 21 de mayo) (https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/05/22/BOCM-20150522-3.PDF), los cuales hacen referencia a lo establecido en el Real Decreto 1105/2014 de 26 de Diciembre (https://www.boe.es/boe/dias/2015/01/03/pdfs/BOE-A-2015-37.pdf).

La calificación total de la segunda prueba será de 0 a 10 puntos, siendo ésta el resultado de sumar las calificaciones correspondientes a las dos partes (A y B) ponderadas del siguiente modo:

  • La calificación de la parte A se multiplica por 0,3
  • La calificación de la parte B se multiplica por 0,7

Para la superación de la segunda prueba, los aspirantes deberán alcanzar una puntuación total, igual o superior a 5 puntos.

Fase de concurso:

Se valorarán los méritos, conforme a un baremo establecido por la convocatoria, con un máximo de 10 puntos.
Aquí te puedes descargar el Anexo V de la convocatoria de 2022-2023 en la Comunidad de Madrid.

Selección de aspirantes:

Finalmente, los aspirantes serán calificados con una puntuacion global, mediante la suma de las dos fases (oposición y concurso) ponderadas de la siguiente forma: 2/3 de la puntuación obtenida en la fase de oposición y 1/3 de la puntuación alcanzada en la fase de concurso.

Comenzamos el nuevo curso en septiembre!!

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